Senado uruguayo flexibilizó proyecto sobre Software Libre

Senado flexibilizó proyecto sobre Software LibreEl Senado modificó el proyecto de ley que establece que las instituciones públicas, cuando contraten licencias de software, deberán dar preferencia a licencias de Software Libre, por lo que volverá a Diputados para su aprobación definitiva

El principal cambio implica que a la hora de contratar software privativo no se deberá fundamentar en base a "aspectos técnicos que no puedan ser resueltos por Software Libre" sino que puede abarcar otras razones.

El proyecto original comenzó a tratarse en el Parlamento en el año 2006. En diciembre de 2012 la Cámara de Diputados aprobó con 60 votos en 71, con el apoyo del Frente Amplio y del Partido Colorado.

En ese momento la diputada Daisy Tourné dijo que el sistema educativo uruguayo está “formando usuarios de determinado software privativo de determinada empresa multinacional”. Por su parte, el senador frenteamplista Ernesto Agazzi, expresó "hoy en el Estado todo se hace con software privativo porque es lo que hay disponible. El que quiere usa otro formato, y hay instituciones públicas que están utilizando otro formato".

El legislador explicó que además "lo que se le quitó al artículo 2 fue que para que se licencie como Software Libre, el software debe incluir el acceso como Software Libre a los programas que son necesarios para su desarrollo". "Esto se quitó. Y yo estoy de acuerdo con que esto figure en la ley", señaló.

La ley se aprobó con votos del oficialismo y ahora volverá a Diputados. El Partido Colorado votó la ley en general pero no el artículo 2 por ser "muy difuso" y "poco claro en su enunciamiento", según señaló el senador Pedro Bordaberry.

"Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los Entes Autónomos, los organismos descentralizados, las empresas donde el Estado posea mayoría accionaria, los Gobiernos Departamentales, las Juntas Departamentales, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), la Corte Electoral y los organismos de contralor del Estado, deberán distribuir toda información en al menos un formato abierto, estándar y libre. Todo pedido de información deberá ser aceptado en al menos un formato abierto y estándar", señala el primer artículo de la ley.

Fuente: 180

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